sábado, 14 de septiembre de 2013

ASPECTOS A CONSIDERAR DE LA INICIATIVA DE REFORMA SOCIAL 2014

El pasado 8 de septiembre el Ejecutivo Federal presentó ante el Congreso de la Unión el paquete de iniciativas que conforman la Reforma Social y Hacendaria, a través del cual se da a conocer la Iniciativa de Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4º, 73 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y  la Iniciativa de Decreto por el que se expide la Ley de la Pensión Universal y la Ley del Seguro de Desempleo, así como se reforman, adicionan y derogan diversas leyes para establecer mecanismos de seguridad social universal, que de manera enunciativa se presentan a continuación.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Se propone la modificación a los artículos 4o., 73 y 123 a efecto de incorporar como Derechos de Seguridad Social Universal, los siguientes:
  • Pensión Universal 
  • Seguro de Desempleo

LEY DE LA PENSIÓN UNIVERSAL.

Expedición de la Ley de la Pensión Universal, a efecto de regular el derecho de los adultos mayores a recibir una pensión para apoyar sus gastos básicos de manutención durante la vejez. Los principales aspectos a considerar se resumen a continuación:
  • Se establecen los términos y condiciones para el otorgamiento de la Pensión Universal. 
  • Para gozar de la Pensión Universal, se deberá cumplir lo siguiente: a) 65 años de edad a partir del año 2014 y no tener el carácter de pensionado; b) Residir en territorio nacional; c) Estar inscrito en el Registro Nacional de Población; d) Tener un ingreso mensual menor o igual a quince salarios mínimos.
  • La Pensión Universal tiene por objeto apoyar económicamente a los adultos mayores, mediante un monto mensual de $1,092.00.
  • La pensión Universal será financiada al 100% por el Gobierno Federal.
  • Se establecen multas de cien a trescientos salarios mínimos para las personas que obtengan la Pensión Universal de manera indebida.

LEY DEL SEGURO DE DESEMPLEO
Se propone la expedición de la Ley del Seguro de Desempleo. Los principales aspectos a considerar de esta iniciativa de Ley son las siguientes:
  • Se establecen los términos y condiciones para otorgar el acceso al Seguro de Desempleo en beneficio de los trabajadores.
  • Tienen derecho al Seguro de Desempleo, los desempleados que al momento de la pérdida del empleo hayan estado afiliados al régimen obligatorio de las Leyes del Seguro Social o ISSSTE.
  • Los desempleados deberán cumplir los siguientes requisitos: a)Cotizaciones de por lo menos veinticuatro meses en un periodo no mayor a treinta y seis meses, computadas a partir de enero de 2013; b) Situación de desempleo al menos de cuarenta y cinco días naturales consecutivos; c) No percibir otros ingresos por jubilación, pensión, apoyo por desempleo, u otro de naturaleza similar; d) Acreditar cumplimiento de otros requisitos que establezca la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
  • El seguro de desempleo consistirá en máximo seis pagos mensuales, divididos en dos etapas.
  • Un monto establecido con base en el promedio de las últimas veinticuatro cotizaciones, correspondiente al 60% para el primer pago y 50% en el segundo pago.
  • Para los cuatro pagos siguientes, el monto mensual será equivalente al 40% del salario promedio antes descrito.
  • El pago del seguro de desempleo terminará, en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Pago de las seis mensualidades; b) Reincorporación del desempleado a una relación laboral; c) Ingresos económicos adicionales por jubilación, pensión u otros; d) incumplimiento de obligaciones; c) fallecimiento. 
  • Los recursos necesarios para financiar la Prestación del Seguro, provendrán: a) De la cuota obligatoria aportada por los patrones del 3% sobre el salario del trabajador (2% se depositará en la Subcuenta Mixta y 1% se acumulará en el Fondo Solidario); b) Cuando el saldo del Fondo Solidario sea insuficiente, el Gobierno Federal cubrirá un pago por la diferencia que subsista con el equivalente a un mes de Salario Mínimo por cada mes que falte de cubrir la Prestación

LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO.

Con la finalidad de adecuar los Sistemas de Ahorro para el Retiro al nuevo esquema del seguro de desempleo, se proponen las siguientes modificaciones:
  • Introducción de una pensión universal.
  • Adopción de un esquema de seguro de desempleo.
  • Adopción de un nuevo modelo de traspasos de cuentas individuales.
  • Cambios al esquema de cobro de comisiones por parte de las AFORES.
  • Nuevas reglas y obligaciones operativas para las AFORE y nuevas facultades a la CONSAR para la supervisión de éstas.
  • Incentivos al Ahorro Voluntario.
  • Mayor certeza jurídica y facilidad de trámites para los beneficiarios.
  • Cambios operativos al régimen de inversión de las AFORE.

LEY DEL SEGURO SOCIAL.

En materia de la Ley del Seguro Social, se proponen las siguientes modificaciones:
  • Incorporación de disposiciones relativas al establecimiento de la Pensión Universal y el Seguro de Desempleo.
  • Reducción de las cuotas del IMSS en el seguro de enfermedades y maternidad e incremento de las cuotas proporcionales de prestaciones en dinero y gastos médicos pensionados.
  • Utilización del subsidio para el empleo para el pago de cuotas obreras de trabajadores con ingresos de uno a dos salarios mínimos salarios.
  • Facilidades administrativas a patrones para inscripción de trabajadores al IMSS y pago de cuotas obrero patronales.

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
En materia de la Ley del ISSSTE, se proponen las siguientes modificaciones y adecuaciones:
  • Incorporación de disposiciones relativas al establecimiento de la Pensión Universal y el Seguro de Desempleo.
  • Las cuotas a cargo de los trabajadores con ingresos de uno a dos salarios mínimos serán absorbidas por el Gobierno Federal.

LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO MACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.
 

Se propone reducir el porcentaje del monto de las aportaciones patronales a vivienda del 5% al 2%.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

Se propone modificar la Ley Federal del Trabajo en congruencia con la creación del Seguro de Desempleo y reducción de la cuota patronal al Fondo Nacional de la Vivienda.

 

La iniciativa de la Reforma Social y Hacendaria 2014, en su versión original  pueden ser consultada en la siguiente dirección: www.diputados.gob.mx/PEF2014/index.html

Lic. y C.P.C. Hugo F. Hernández Chavelas
Septiembre 13, 2013.

martes, 10 de septiembre de 2013

RESUMEN EJECUTIVO DE LA INICIATIVA DE REFORMA FISCAL 2014

El pasado 8 de septiembre el Ejecutivo Federal presentó ante el Congreso de la Unión el Paquete Económico para el Ejercicio Fiscal 2014, a través del cual se dio a conocer la iniciativa de modificaciones fiscales en materia de Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), Impuesto al Valor Agregado (IVA) Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y Código Fiscal de la Federación (CFF), que se manera enunciativa se presentan a continuación.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

Expedición de una nueva Ley del Impuesto sobre la Renta, que contempla como principales modificaciones las siguientes:

Aplicables a Personas Morales.
  • Una tasa de ISR del 30%.
  • Eliminación de la deducción inmediata de activos fijos.
  • Eliminación de las deducciones por aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones.
  • Reducción al 4% del monto máximo a deducir en materia de donativos.
  • Los pagos de despensa a trabajadores, deberán realizarse través de monederos electrónicos.
  • Sólo será deducible el 41% de los sueldos y salarios exentos pagados a trabajadores.
  • No serán deducibles los pagos de cuotas del IMSS de los trabajadores pagadas por el patrón.
  • Reducir a 130 mil pesos el límite para la deducción de automóviles.
  • Reducir a 200 pesos diarios el límite por concepto de renta de automóviles.
  • Eliminar la deducción de consumo en bares y restaurantes.
  • Eliminación del régimen fiscal aplicable a las Sociedades Cooperativas de Producción
  • Eliminación del régimen aplicable a las Sociedades Inmobiliarias de Bienes Raíces.
  • Eliminación de deducciones estimadas a desarrolladores inmobiliarios y fabricantes de largos procesos de producción.
  • Eliminación de deducciones de exploración del sector minero.
  • Eliminación de la opción de acumulación al cobro en ventas a plazos.
  • Eliminación del régimen simplificado.
  • Tasa de ISR del 30% al sector primario.
  • Un impuesto corporativo del 10% sobre dividendos pagados a personas físicas o residentes en el extranjero.
  • Homologación de la utilidad fiscal y la base de la PTU.
  • Eliminación del régimen de consolidación fiscal.
  • Incorporación de un nuevo régimen fiscal aplicable a grupos de sociedades consistente en pool de utilidades y pérdidas, así como diferimiento de ISR por un periodo máximo de tres años.
  • Eliminación y establecimiento de tratamientos preferenciales a la industria maquiladora.
Aplicables a Personas Físicas.
  • Tasa del 32% aplicable a personas físicas con ingresos mayores a 500 mil pesos.
  • Límite a deducciones personales (gastos médicos, funerarios, donativos, intereses por créditos hipotecarios, colegiaturas, etc.). El monto máximo a deducir no podrá exceder dos salarios mínimos elevados al año.
  • Los pagos de gastos médicos, funerarios, donativos, intereses por créditos hipotecarios, colegiaturas deberán realizarse a través del sistema financiero.
  • El monto máximo de exención en venta de casa habitación será de 1.2. millones de pesos.
  • Establecimiento de un régimen fiscal aplicable a personas físicas que realicen actividades empresariales, que enajenen bienes o que presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional, con ingresos anuales de hasta un millón de pesos.

IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA.
  • Se propone la abrogación de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.
 
IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO.
  • Se propone la abrogación de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

En materia de IVA se propone lo siguiente:
  • Se grava con la tasa del 16% de IVA a las operaciones en la zona fronteriza.
  • Tasa del 16% a la enajenación, renta y pagos de intereses bancarios de casa habitación.
  • Tasa del 16% a los servicios de enseñanza.
  • Tasa del 16% a los servicios de transporte público terrestre.
  • Tasa del 16% a los espectáculos públicos, excepto teatro y circo.
  • Tasa del 16% a las importaciones temporales IMMEX, depósito fiscal automotriz, recinto fiscalizado y recinto fiscalizado estratégico.
  • Tasa del 16% a la enajenación de chicles o gomas de mascar.
  • Tasa del 16% a enajenación de alimentos para mascotas.
  • Tasa del 16% a la enajenación de oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes.
  • Homologación de conceptos, a considerar por las SOFOMES, con otras entidades que integran el sistema financiero, al determinar la proporción de acreditamiento de  IVA.
  • Exentar de IVA a los intereses que reciban o paguen las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, las Sociedades Financieras Populares, las Sociedades Financieras comunitarias y los Organismos de Integración Financiera Rural.

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS.

En materia de IEPS se propone lo siguiente:
  • Gravar con una cuota específica de 1 peso por litro a las bebidas con azúcares añadidas.
  • Establecer un impuesto de cuota específica a los combustibles fósiles.
  • Establecer un impuesto a la toxicidad de los plaguicidas.

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.

Se propone lo siguiente:
  • Incorporación de “cláusula anti-elusión”  en la interpretación de disposiciones fiscales.
  • Considerar domicilio para efectos fiscales el proporcionado a instituciones financieras y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.
  • Supuestos para el trámite de firma electrónica avanzada a través de un apoderado o representante legal.
  • Cancelación de sellos digitales y firmas digitales por incumplimiento a las obligaciones fiscales.
  • Implementación de “Buzón Tributario” que facilite la comunicación entre autoridades y contribuyentes.
  • Pago de contribuciones con tarjeta de crédito o débito.
  • Requerimientos en materia de devoluciones por medios electrónicos.
  • Incorporación como responsable solidario a las albaceas o representantes de una sucesión.
  • Establecimiento de mecanismos simplificados para la inscripción al RFC.
  • Implementación de sistemas de registro de ingresos y egresos en internet.
  • Establecimiento de un orden de prelación de bienes susceptibles de embargo precautorio e inmovilización de cuentas bancarias.
  • Implementación de un sistema de  fiscalización electrónica.
  • Eliminación del dictamen para efectos fiscales.
  • Regularización de contribuyentes, con la intervención de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, a través de “Acuerdos Conclusivos”.
  • Establecimiento de reglas para la condonación de multas.
  • Responsabilidad penal a contadores, abogados y agentes aduanales con motivo de su actividad profesional.
El Paquete Económico para el Ejercicio Fiscal 2014 completo, así como la iniciativa de Reformas Fiscales de 2014, en su versión original, pueden ser consultadas en la siguiente dirección:   www.diputados.gob.mx/PEF2014/index.html

Lic. y C.P.C. Hugo F. Hernández Chavelas
Septiembre 9, 2013.